sΓ‘bado, 13 de febrero de 2021

πƒπˆπ„π‚πˆπŽπ‚π‡πŽ πŒπ„π’π„π’ 𝐃𝐄 ππ‘πˆπ’πˆΓ“π ππ‘π„π•π„ππ“πˆπ•π€ 𝐏𝐀𝐑𝐀 𝐄𝐋 𝐀𝐋𝐂𝐀𝐋𝐃𝐄 ππ‘πŽπ•πˆππ‚πˆπ€π‹ 𝐘 π…π”ππ‚πˆπŽππ€π‘πˆπŽπ’

 



ππŽπ‘ 𝐄𝐋 ππ‘π„π’π”ππ“πŽ πƒπ„π‹πˆπ“πŽ 𝐃𝐄 πŽπ‘π†π€ππˆπ™π€π‚πˆΓ“π π‚π‘πˆπŒπˆππ€π‹ 𝐄𝐍 π€π†π‘π€π•πˆπŽ 𝐃𝐄𝐋 π„π’π“π€πƒπŽ

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Caso EmblemΓ‘tico de “SobrevaloraciΓ³n de las Canastas Familiares”, expediente N° 00265-2021-99-1308-JR-PE-01

El juez del Primer Juzgado de InvestigaciΓ³n Preparatoria de Huaura, magistrado Galileo Mendoza CalderΓ³n, emitiΓ³ la ResoluciΓ³n NΓΊmero 02, de fecha 12 de febrero de 2021, que ResolviΓ³:

1. Declarar INFUNDADO el pedido de desistimiento de requerimiento fiscal PrisiΓ³n Preventiva solicitada por la FiscalΓ­a Provincial Corporativa Especializada en Delitos de CorrupciΓ³n de Funcionarios, de los imputados: GINA LISBETH ROJAS MAGUIΓ‘A y JORGE ARMANDO URBANO HERBOZO.

2. FUNDADO en parte el requerimiento fiscal de PRISIΓ“N PREVENTIVA contra los investigados: CRÍSPULO EDDIE JARA SALAZAR, DANIEL MISAEL CHANGANA ALMEIDA, ROGELIO ALEXANDER MANRIQUE FUMAGALLI, GINA LISBETH ROJAS MAGUIΓ‘A, JORGE ARMANDO URBANO HERBOZO Y JUAN BENITO ASENCIO ARAINGA, investigados por la presunta comisiΓ³n del delito de ORGANIZACIΓ“N CRIMINAL, en agravio del ESTADO.

3. Se ordenΓ³ el INTERNAMIENTO PREVENTIVO por el plazo de DIECIOCHO MESES, cursΓ‘ndose los oficios para su INTERNAMIENTO en el establecimiento penitenciario de Huacho (CarquΓ­n) u otro que se disponga.

4. Declarar INFUNDADO, el requerimiento de Prisión Preventiva solicitada por la Fiscalía provincial contra EVELYN YASHEMIN ROSALES BORJA, ÁNGEL ALEXANDER DOLORES BUSTOS, disponiéndose su inmediata libertad, debiendo oficiarse a la Policía Nacional, siempre y cuando no exista en su contra, mandato judicial que impida su inmediata libertad.

5. Disponer la medida de Comparecencia con restricciones para EVELYN YASHEMIN ROSALES BORJA, y ÁNGEL ALEXANDER DOLORES BUSTOS, disponiendo Reglas de Conducta y al pago de una caución económica de cinco mil soles (S/. 5,000.00), para Evelyn Rosales y de Ángel Dolores al pago de una caución económica de dos mil quinientos soles (S/. 2,500.00), que deberÑn de pagarlos en 10 días, de no hacerlo se revocarÑ la medida.

6. Disponer que en 24 horas el Ministerio PΓΊblico, evalΓΊe su situaciΓ³n de salud del imputado JORGE ARMANDO URBANO HERBOZO, y se compruebe si es que se puede trasladar o no al Penal de CarquΓ­n, si el informe no es favorable deberΓ‘ continuar en su domicilio, y que la PolicΓ­a Nacional, mantenga su custodia bajo su responsabilidad, quedando notificados las partes procesales en el presente acto.

La audiencia se iniciΓ³ el dΓ­a martes 9 de febrero de 2021, a las 8.15 a.m., mediante videoconferencia, a travΓ©s del aplicativo Google Hangouts Meet, que se conectaron los abogados privados y el representante del Ministerio PΓΊblico, y fue transmitida por el Facebook institucional de la Corte Superior de Justicia de Huaura. Fueron cuatro dΓ­as de audiencia (9, 10, 11 y 12-2-2021), considerado

CASO EMBLEMÁTICO.

El Fiscal Provincial de la FiscalΓ­a Provincial Corporativa Especializada en Delitos de CorrupciΓ³n de Funcionarios, Cristian Manrique Mendoza, sustentΓ³ su requerimiento de PrisiΓ³n Preventiva contra los imputados, el alcalde de la provincia de Huaura, funcionarios y proveedores de la municipalidad provincial de Huaura.

Cada abogado defensor particular de los imputados, previamente identificados sustentaron lo conveniente a favor de sus patrocinados del Caso de “SobrevaloraciΓ³n de las canastas familiares”, signado con el expediente N° 265-2021-99-PE. De igual forma, cada investigado tuvo minutos del uso de la palabra a solicitud del seΓ±or juez, incluso en plena audiencia se presentΓ³ el alcalde provincial de Huaura, CrΓ­spulo Eddie Jara Salazar.

El representante del Ministerio PΓΊblico, se mostrΓ³ conforme a la decisiΓ³n del magistrado, mientras que los abogados de los imputados con orden de prisiΓ³n preventiva, apelaran a la segunda instancia en el tiempo de ley.

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