miércoles, 25 de febrero de 2026

LAS 8 LEYES PRO CRIMEN EN PERÚ

 

Ley N.º 31990: la contrarreforma que limita la colaboración eficaz y favorece la impunidad

La Ley N.º 31990 fue promulgada el 21 de marzo de 2024, tras haber sido aprobada por insistencia pese a las observaciones del Ejecutivo. Esta norma modifica los artículos 473, 476-A y 481-A del Nuevo Código Procesal Penal (Decreto Legislativo 957) y establece plazos fijos y reducidos para el procedimiento de colaboración eficaz, una herramienta clave en las investigaciones por corrupción y crimen organizado. La ley dispone que el trámite entre la solicitud del aspirante y la firma o rechazo del acuerdo no puede superar los 8 meses, prorrogables por 4 meses más, y excepcionalmente 8 meses adicionales si se trata de crimen organizado. Antes de esta norma, la Fiscalía tenía libertad de plazos para corroborar la información entregada por los colaboradores.

La iniciativa fue presentada originalmente en octubre de 2021 por la entonces congresista María Cabrera Vega, de la bancada Podemos Perú, bajo el argumento de “evitar dilaciones innecesarias” en los procesos de colaboración eficaz. Sin embargo, el Ministerio Público advirtió que la medida obstaculiza la verificación de testimonios y pruebas en casos complejos, donde se requiere cooperación internacional o análisis financiero. Pese a esas advertencias, la norma avanzó con respaldo mayoritario del Parlamento y fue promulgada directamente por el Congreso tras el veto del Ejecutivo, con lo cual se convirtió en una de las leyes más cuestionadas del actual periodo legislativo.

En la votación del Pleno del Congreso, realizada el 14 de marzo de 2024, Podemos Perú, Alianza para el Progreso (APP), Acción Popular, Perú Libre, Fuerza Popular, Renovación Popular y sectores de Avanza País votaron a favor de su aprobación. En total, 74 congresistas apoyaron la norma, mientras que solo 28 votaron en contra y 9 se abstuvieron. Entre los votos favorables figuraban varios parlamentarios con investigaciones abiertas por presunta colusión, lavado de activos o enriquecimiento ilícito.

Ley N.º 32130: Congreso entrega la investigación preliminar a la Policía y resta funciones al Ministerio Público

La Ley N.º 32130, publicada el 10 de octubre de 2024 en el diario El Peruano, modificó el artículo 330 del Nuevo Código Procesal Penal y marcó un cambio profundo en el sistema de investigación penal del país. La norma dispone que, a partir de su entrada en vigencia, la Policía Nacional del Perú (PNP) asume la conducción de la investigación preliminar, mientras que el Ministerio Público se limita a brindar “dirección jurídica” y control posterior. En la práctica, esta reforma traslada a la Policía el rol inicial que antes pertenecía exclusivamente a los fiscales, lo que —según expertos— rompe el modelo acusatorio y debilita el principio de autonomía del Ministerio Público.

La iniciativa fue promovida por el congresista José Cueto Aservi, de la bancada Renovación Popular. El dictamen se aprobó rápidamente en las comisiones de Justicia y Defensa Nacional, con apoyo de congresistas de Fuerza Popular, Alianza para el Progreso (APP), Acción Popular, Perú Libre y Podemos Perú. El Pleno del Congreso aprobó el texto final el 3 de octubre de 2024, con 76 votos a favor, 25 en contra y 10 abstenciones, pese a las advertencias del Ejecutivo y del propio Ministerio Público, que había solicitado archivar el proyecto por considerarlo inconstitucional.

Tras su promulgación, la Fiscalía de la Nación —entonces encabezada por Juan Carlos Villena— emitió un comunicado alertando que la ley “desnaturaliza el modelo de investigación penal” y podría generar conflictos de competencia entre fiscales y policías. Organizaciones especializadas como el Instituto de Defensa Legal (IDL) y el Colegio de Abogados de Lima señalaron que la reforma abre la puerta a interferencias políticas, favorece la manipulación de pruebas y debilita la lucha contra el crimen organizado y la corrupción. La norma fue además observada por el Ejecutivo, pero el Congreso la promulgó por insistencia el 10 de octubre de 2024, consolidando otro golpe institucional al sistema de justicia peruano.

Ley N.º 32108: la norma que redefine “organización criminal” y pone trabas a los allanamientos

La Ley N.º 32108 fue promulgada el 9 de agosto de 2024 por insistencia del Congreso y publicada en El Peruano. Esta norma, impulsada por Perú Libre y respaldada por Alianza para el Progreso, Fuerza Popular, Renovación Popular, Avanza País y Podemos Perú, modifica el Código Penal, la Ley contra el Crimen Organizado y la Ley 27379, que regula los allanamientos e incautaciones. Su aprobación se dio pese a las advertencias del Ministerio Público y del Colegio de Abogados de Lima, que alertaron sobre sus efectos en la lucha contra el crimen.

La ley cambia la definición de “organización criminal”, exigiendo que el grupo tenga una “estructura compleja y permanente” con control de la cadena de valor de un mercado ilegal. Con ello, muchas bandas delictivas que antes eran perseguidas bajo esa figura podrían quedar fuera de ese marco penal. Además, la norma obliga a que el investigado y su abogado estén presentes durante los allanamientos o registros, incluso en etapas preliminares, lo que según la Fiscalía entorpece las investigaciones y da tiempo a los implicados para destruir pruebas.

Diversos penalistas y fiscales han calificado esta norma como un retroceso en la lucha contra la criminalidad organizada, ya que eleva las barreras para intervenir y debilita el concepto legal de crimen organizado. En la práctica, la Ley 32108 beneficia a redes delictivas —como las dedicadas a la corrupción, minería ilegal y narcotráfico— y limita el margen de acción de la Fiscalía y la Policía. Su promulgación refuerza el patrón legislativo de un Congreso que, lejos de fortalecer el sistema de justicia, ha aprobado medidas que favorecen la impunidad.

Leyes N.º 31751 y 32104: las “leyes Soto” que reducen los plazos de prescripción penal

La Ley N.º 31751 fue promulgada el 25 de mayo de 2023 y modificó el artículo 84 del Código Penal para establecer que la suspensión de la prescripción de un delito “en ningún caso podrá exceder de un año”. La norma fue impulsada por el entonces presidente del Congreso, Alejandro Soto (APP), y recibió el respaldo de las bancadas de Fuerza Popular, Renovación Popular, Avanza País, Podemos Perú y Perú Libre. Desde su aprobación, el Ministerio Público y el Poder Judicial advirtieron que esta reforma afectaba la persecución de delitos complejos como la corrupción y el lavado de activos, que suelen requerir años de investigación.

Lejos de corregir el error, el Parlamento aprobó luego la Ley N.º 32104, promulgada el 28 de julio de 2024, que actúa como una “interpretación auténtica” de la anterior. Su objetivo fue ratificar que el límite de un año en la suspensión de la prescripción se aplica a todos los casos, incluso a los delitos más graves. Esta segunda norma también fue promovida por el entorno de Alejandro Soto y aprobada con apoyo de las mismas bancadas, pese a las alertas del Ministerio Público, que calificó la medida como un golpe directo a la lucha anticorrupción.

En conjunto, las llamadas “leyes Soto” han sido calificadas como una puerta abierta a la impunidad. La Corte Suprema ya declaró inaplicable la Ley 31751 por considerarla inconstitucional, pero el Congreso insistió con su defensa mediante la Ley 32104. Con ambas normas en vigor, decenas de procesos por corrupción, colusión y lavado de activos podrían prescribir antes de llegar a juicio, beneficiando a políticos y funcionarios investigados.

Ley N.º 31989: la norma que desmonta facultades clave para combatir la minería ilegal

La Ley N.º 31989, publicada en el boletín oficial el 25 de marzo de 2024, modifica el Decreto Legislativo 1607 —que a su vez ajustaba la Ley 30077 (Ley contra el Crimen Organizado)— para derogar la Disposición Complementaria Final Primera de dicho decreto. Esto implica que la Policía Nacional del Perú (PNP) ya no podrá ejercer determinadas acciones de interdicción —como incautar explosivos o maquinaria en manos de mineros ilegales con inscripción suspendida en el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO)— según expertos legales.

El proyecto que dio lugar a esta ley fue impulsado desde ciertas bancadas mayoritarias del Congreso que argumentaron “facilitar la formalización minera” pero omitieron considerar los informes de organismos de control que advertían sobre un escenario de mayor impunidad. La norma obtuvo respaldo mayoritario en el Pleno legislativo, aunque no siempre se han publicado listados completos de las bancadas y votos. Lo que sí se documenta es la denuncia de sectores como la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE) y la Instituto de Ingenieros de Minas del Perú, que la califican como “escudo de impunidad para la minería ilegal”.

Críticos de la ley advierten que su aplicación ha generado un aumento visible de la actividad minera ilegal en zonas vulnerables —como la sierra liberteña— al reducir los márgenes de acción de la PNP y el Estado para intervenir en tiempo real. Comunidades afectadas, como las del caserío Coigobamba en Huamachuco, denuncian que mientras antes los operativos tenían cobertura legal para intervenir explosivos y maquinaria sin inscripción vigente, la nueva ley les da carta libre a los ilegales.

Ley N.º 32181: elimina la detención preliminar y limita las investigaciones del Ministerio Público

La Ley N.º 32181 fue promulgada el 11 de diciembre de 2024 por el Congreso de la República y publicada al día siguiente en El Peruano. La norma modificó los artículos 255, 261 y 292-A del Nuevo Código Procesal Penal, eliminando la posibilidad de que un juez ordene detención preliminar en casos sin flagrancia. Es decir, los investigados solo podrán ser arrestados si son sorprendidos cometiendo el delito, lo que representa una drástica reducción de las herramientas que la Fiscalía tenía para capturar a presuntos integrantes de organizaciones criminales o funcionarios implicados en actos de corrupción.

La medida fue impulsada por las bancadas de Fuerza Popular, Renovación Popular, Perú Libre y Alianza para el Progreso, con el argumento de “proteger los derechos fundamentales y la presunción de inocencia”. Sin embargo, el Ministerio Público, el Colegio de Abogados de Lima y penalistas como César Azabache y Romy Chang advirtieron que esta norma debilita la capacidad del Estado para intervenir de forma oportuna y favorece la impunidad. Según la Fiscalía, gracias a la detención preliminar se habían logrado capturas claves en casos como Los Cuellos Blancos del Puerto y La Resistencia, procesos que ahora tendrían un marco más restrictivo.

Desde su promulgación, la Ley 32181 ha sido señalada como una de las normas más regresivas del sistema penal peruano. Diversos fiscales alertaron que, al exigir flagrancia, se pierden horas cruciales para detener a implicados, permitiendo que se fuguen o destruyan pruebas. La norma se inscribe en una tendencia legislativa del actual Congreso —de mayoría conservadora— que ha recortado competencias del Ministerio Público y obstaculizado la lucha contra el crimen organizado, bajo el pretexto de “reformas procesales”.

Ley 32326: Eleva los requisitos para confiscar bienes a las organizaciones criminales

La Ley 32326, promulgada en agosto de 2025, modificó el marco legal para la incautación y decomiso de bienes vinculados al crimen organizado, estableciendo nuevos requisitos que, según especialistas, dificultan las acciones de la Fiscalía y la Policía en la lucha contra el lavado de activos y la corrupción. La norma fue impulsada por congresistas de Fuerza Popular y Renovación Popular, con el argumento de proteger el derecho de propiedad y evitar supuestos abusos en las investigaciones fiscales.

El cambio central consiste en exigir que toda incautación de bienes cuente con una resolución judicial firme, incluso en las etapas iniciales de la investigación. Antes, la Fiscalía podía solicitar medidas de incautación de manera preventiva ante indicios razonables de delito; ahora, la norma condiciona esta acción a una decisión judicial definitiva, lo que retrasa y, en algunos casos, imposibilita el aseguramiento de bienes obtenidos ilícitamente.

Bancadas como Perú Libre, Podemos Perú y Acción Popular votaron a favor del proyecto, mientras que las fuerzas más críticas —como Cambio Democrático–Juntos por el Perú y algunos no agrupados— advirtieron que la norma favorece directamente a las organizaciones criminales y a funcionarios investigados por corrupción. La Defensoría del Pueblo y el Ministerio Público también alertaron que la ley debilita la capacidad del Estado para recuperar activos ilícitos, lo que representa un serio retroceso en la lucha contra el crimen organizado.

Ley 32054: Impide procesar a los partidos políticos como organizaciones criminales

La Ley 32054, promulgada en abril de 2024, introdujo cambios al Código Penal y al Código Procesal Penal que impiden que los partidos políticos sean procesados como organizaciones criminales, incluso si sus dirigentes o candidatos están involucrados en actos de corrupción o lavado de dinero. Esta norma fue impulsada por Fuerza Popular y respaldada por las bancadas de Alianza para el Progreso, Renovación Popular y Podemos Perú, bajo el argumento de “proteger la institucionalidad de los partidos”.

Con esta ley, se estableció que las agrupaciones políticas no pueden ser consideradas personas jurídicas responsables de delitos cometidos por sus integrantes durante actividades partidarias o campañas electorales. En la práctica, esto blinda a las organizaciones políticas de investigaciones fiscales por crimen organizado, obligando a que los procesos recaigan solo en individuos, incluso si los fondos o beneficios ilegales fueron canalizados por el propio partido.

Las bancadas de izquierda y algunos congresistas no agrupados rechazaron la norma, señalando que responde a los intereses de las fuerzas políticas con investigaciones abiertas —como Fuerza Popular, Perú Libre o APP— y que su aprobación representa un grave retroceso en la lucha contra la corrupción política. Diversos especialistas y el propio Ministerio Público advirtieron que la ley contradice compromisos internacionales asumidos por el Perú en materia de persecución al crimen organizado y lavado de activos.

lunes, 23 de febrero de 2026

ELIMINARÁN FACEBOOK MESSENGER

Como parte de su iniciativa de reordenamiento estratégico, la compañía Meta anunció que muy pronto cesará el funcionamiento independiente del sitio web de su servicio de mensajería Facebook Messenger lo que implicará que los usuarios ya no podrán enviar mensajes desde messenger.com y serán redirigidos automáticamente a la versión web de
Facebook para continuar sus conversaciones.

Cibernautas le dirán adiós a Facebook Messenger

Si venías utilizando aún Facebook Messenger lamentablemente ya no podrás realizarlo debido a que Meta ha confirmado el cierre del sitio web independiente marcando así un nuevo capítulo en la estrategia de consolidación de sus plataformas de comunicación.

Recordemos que esta decisión de la empresa dueña también de WhatsApp, llega tan solo meses después de definir la descontinuación de las aplicaciones de escritorio independientes para Windows y Mac, lo que evidencia una clara dirección hacia la centralización de sus servicios.

Cabe resaltar que, este cierre del sitio web independiente de Messenger (messenger.com), que se dará a partir de abril de 2026, implica que los usuarios ya no podrán acceder a sus conversaciones a través de esta interfaz web dedicada

Sin embargo, Meta no está eliminando la funcionalidad de mensajería web, los usuarios podrán seguir utilizando Messenger directamente desde Facebook.com donde la experiencia de chat está completamente integrada. Por lo que la experiencia de usar la aplicación de mensajería en computadoras continuará habilitada, pero integrada desde la plataforma principal.

Este cambio va a suponer un empeoramiento del servicio para muchos usuarios, ya que facebook.com/messages carga toda la red social de Facebook en segundo plano, incluso si no la vamos a usar. En tal sentido, si solo usábamos Messenger para hablar con nuestros contactos, ahora estamos obligados a usar también Facebook.

¿Qué sucederá con los mensajes y el historial de chat?

Frente a esta nueva decisión de Meta, una pregunta que surge es qué sucederá con los mensajes de y el historial de chat de Facebook Messeger. Al respecto, la empresa explicó que las personas podrán continuar sus conversaciones de manera ininterrumpida.

De igual forma, los cibernautas cuentan con la opción de poder restaurar el historial de chat en cualquier plataforma usando el PIN correspondiente. Al respecto, vale indicar que dicha función permitirá garantizar la continuidad de la información que se encuentra almacenada.

Es en este contexto, en que Meta ha decidido que, desde abril de este año, Facebook Messenger deje de funcionar tras confirmar que cerrará el sitio web independiente.

viernes, 20 de febrero de 2026

“No es una crisis, esto es un sistema”

 


El analista político Alán Barroso sostuvo que el Perú está “perfectamente gobernado”, pero no necesariamente por quienes ocupan la presidencia. Además, descarta que en nuestro país haya una crisis, ya que, según comentó, solo la sufren la clase trabajadora y los más pobres.

El politólogo español Alán Barroso volvió a hacer un análisis de la coyuntura política peruana luego de que el país alcanzara recientemente su octavo presidente en diez años, tras la destitución de José Jerí, un hecho que vuelve a poner en evidencia la inestabilidad en el Ejecutivo.

No es una crisis, esto es un sistema”, afirmó al analizar la sucesión constante de mandatarios. Según explicó el activista, el patrón se repite con una lógica que va más allá de los escándalos políticos. “¿Y si la inestabilidad constante no es el problema? ¿Y si la inestabilidad es precisamente la solución? ¿La solución de quién? De los que realmente mandan”, cuestionó.

Barroso sostuvo así que los presidentes cambian, pero el poder real permanece. “Hay un nombre que sirve para esto, aunque nadie lo utilice en los telediarios, y es la dictadura de los que no salen en las fotos, los que no se presentan en las elecciones, los que no dan ruedas de prensa, los grandes grupos económicos que controlan los medios, los conglomerados mineros, los operadores financieros, los poderes que llevan décadas tejiendo su influencia sobre el Congreso, el Tribunal Constitucional, la Fiscalía y los partidos, que en Perú son más bien franquicias electorales al servicio de intereses privados antes que organizaciones con ideología clara”, concluyó y reiteró que, a diferencia de los presidentes, son estos actores “los que siguen mandando y no caen nunca”.

Para el analista político, esta dinámica ya se había visto en gestiones anteriores, ya que cuando un mandatario se convierte en un problema político o deja de ser funcional, es removido. “Un presidente que dura cuatro meses no tiene tiempo de construir absolutamente nada”, enfatizó y señaló que esa fragilidad impide reformas de fondo.

En contraste, destacó que la economía en nuestro país mantiene cierta estabilidad. Recordó, por ejemplo, que el Banco Central lleva dos décadas bajo la misma dirección, mientras que los presidentes y ministros cambian con rapidez. “Las mineras siguen extrayendo, los agronegocios exportan y las grandes fortunas siguen creciendo. Pero el pueblo peruano sigue esperando que alguno de esos ocho presidentes y al que esté por venir, el noveno o el undécimo, le traiga algo diferente a lo de siempre, que es más de lo mismo”, apuntó.

Finalmente, el español dejó una frase que resume su postura sobre el momento político del país: “La gran mentira es que Perú está en crisis. Puede estar en crisis la clase trabajadora, los que están en peor situación, los más pobres están en crisis... Pero Perú está perfectamente gobernado, solo que no lo gobiernan los presidentes y desde luego tampoco gobiernan aquellos que sí mandan, pensando en los intereses del pueblo, de la clase trabajadora, de los peruanos y las peruanas…”, argumentó y dijo que mientras no cambie esa estructura, el ciclo de presidentes breves podría repetirse.

 FUENTE: Alan Barroso América Latina

sábado, 11 de enero de 2025

PRODUCTORES DE TUNA INNOVAN EN MANEJO SOSTENIBLE DEL AGUA


El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), a través del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL anunció que la Asociación de Productores Agropecuarios de Llacallaca, de la provincia de Huarochirí (Lima), beneficiaria de su proyecto Avanzar Rural, fue galardonada en el I Concurso “Experiencias que Inspiran: Agricultura Familiar Andina Resiliente al Cambio Climático”, organizado por la plataforma de aprendizaje colaborativo EncontrAR. 

El director ejecutivo de AGRO RURAL, Vladimir Cuno Salcedo, informó que, gracias al impacto positivo generado por esta organización productora de tuna, en su ámbito de intervención, lograron ocupar el segundo lugar en esta competición, específicamente en la categoría “Gestión del Agua en Ecosistemas de Montaña”.

La asociación premiada ha enfrentado importantes desafíos relacionados con el cambio climático; principalmente, la escasez de agua, presencia de plagas y enfermedades que afectaron su producción de tuna, uno de los cultivos más predominantes en la zona.

Al respecto, el funcionario público explicó que, con el apoyo otorgado por el proyecto de inversión pública Avanzar Rural, ejecutado por AGRO RURAL y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola de las Naciones Unidas (FIDA), la Asociación de Productores Agropecuarios de Llacallaca implementó una serie de innovaciones tecnológicas y prácticas sostenibles, lo que les permitió superar estos y otros obstáculos; así como, mejorar su productividad y comercialización.

Entre las actividades ejecutadas se implementó un sistema de bombeo solar (32 paneles y un motor de 10 Hp) para asegurar el acceso constante al agua, se brindó asistencia técnica integral a mujeres y jóvenes en el comité de adquisitivo, igualdad y medio ambiente; y se efectuó la siembra de agua en amunas (388 metros lineales) en la Laguna El Hondo. Todo ello contribuyó a la recarga de acuíferos para mitigar el riesgo de sequías en la microcuenca, siendo beneficiadas al menos 4 comunidades aledañas.

Con estas acciones de mejora la organización aumentó a un 48.5% sus ventas conjuntas y a un 23.8% su producción, según el Sistema de Seguimiento y Evaluación del Proyecto (SISEP).

“La implementación efectiva de estas prácticas ha destacado por su claridad, enfoque de género e inclusividad, lo que ha sido pieza clave para la evaluación realizada por los jurados en este concurso. Este reconocimiento destacó la labor innovadora y el impacto positivo de esta organización en la gestión sostenible del agua y la adaptación al cambio climático”, aseveró Cuno Salcedo.

Los 16 pequeños productores que conforman la asociación ganadora fueron premiados mediante una ceremonia virtual, donde recibieron este importante reconocimiento y un incentivo económico.

El concurso realizado por la plataforma EncontrAR difunde experiencias innovadoras en la agricultura familiar andina para promover la sostenibilidad y adaptabilidad ante el cambio climático. Las experiencias ganadoras fueron seleccionadas en tres categorías: Gestión del Agua en Ecosistemas de Montaña, Gestión de la Agrobiodiversidad Andina y Gestión de Sistemas Agropecuarios Sostenibles.

La Asociación de Productores Agropecuarios de Llacallaca destacó en esta competencia por su implementación en soluciones efectivas y replicables que fortalecen la resiliencia de la agricultura familiar en los Andes, específicamente por su innovador enfoque en la conservación hídrica para la producción de tunas en suelos áridos.

sábado, 7 de septiembre de 2024

PEQUEÑOS PRODUCTORES DE HUAROCHIRI RECIBEN FORMACIÓN FINANCIERA

Pequeños productores de la provincia de Huarochirí, Región Lima, se graduaron y recibieron un importante reconocimiento por parte del Gobierno, a través del programa AGRO RURAL, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), luego de ser capacitados y haber concluido la etapa de formación en cultura de ahorro y créditos que favorecerán sus diferentes actividades productivas. 

Fueron 128 pequeños productores de los distritos de San Lorenzo de Quinti, Huarochirí y Santiago de Anchucaya, que conforman 10 Uniones de Ahorro y Créditos (UNICAS), también llamados bancos comunales, de los cuales el 52% son mujeres y el 15% jóvenes.

En las capacitaciones, los productores recibieron formación en temas de organización, administración, contabilidad y finanzas; esto, con el fin de promover la alfabetización financiera en cada uno de ellos y así puedan fomentar el ahorro y otorgar responsablemente créditos a sus socios, que les permitan ejecutar sus diferentes actividades y mejorar sus ingresos económicos familiares.

“Al inicio el capital generado por cada UNICA se utiliza para cubrir necesidades básicas (alimentación, educación, etc.), pero a medida que va creciendo se destina al desarrollo y/o fortalecimiento de los emprendimientos rurales”, indicó Víctor Baca Ramos, director ejecutivo de AGRO RURAL

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Las UNICAS es la formación y consolidación de productores asociados que se organizan para acceder a servicios financieros como ahorro y créditos, con un enfoque de solidaridad grupal y apoyo mutuo.

“Ellos han comenzado en las UNICAS generando un capital social de S/ 272,960.00 y otorgando 478 créditos, logrando así obtener hasta el momento utilidades (ganancias) por S/ 135,827.90”, dijo.

El Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL impulsa la generación de Unidades de Crédito y Ahorro (UNICAS), a través de su proyecto Avanzar Rural en alianza con la Corporación Financiera de Desarrollo - COFIDE y aplicando la metodología del Programa Inclusivo de Desarrollo Empresarial Rural PRIDER, “aprendiendo Haciendo”.

“La graduación de las UNICAS es un evento muy significativo para las organizaciones de los pequeños productores que han finalizado satisfactoriamente esta capacitación en alfabetización financiera, ya que les permite desarrollar sus capacidades empresariales y productivas”, aseveró Baca Ramos.

La implementación de las UNICAS inició en el año 2021 en condiciones donde a nivel global enfrentábamos la pandemia del COVID-19, como consecuencia muchas de las organizaciones se habían empobrecido, producto del confinamiento y de las restricciones sanitarias, ante este desafío y demanda existente el proyecto tomo la decisión de implementar las UNICAS.

“Con la finalidad de garantizar la sostenibilidad y continuidad de esta actividad se ha establecido sinergias con otras instituciones del estado como FONCODES y se está sensibilizando también a los gobiernos locales”, dijo la máxima autoridad de AGRO RURAL.