miércoles, 20 de febrero de 2013

ÓVALO DE HUACHO: LA "H" NO ES MUDA


Por: Lic. Marco Antonio Alvarado Bernal
Sociólogo

Para: Noticiario “Punto Central” Huacho

Hace poco los Huachanos asistimos a una lamentable acción, por parte de una autoridad local, contra un patrimonio que es parte de nuestra identidad. Pero esta acción no solo desnudó los intereses mezquinos de este alcalde, sino la poca o ninguna visión de concertación para un desarrollo sostenido con visión a largo plazo. Esto sin lugar a dudas desde el punto de vista legal, no tiene precedentes y veamos por qué. La LOM (Ley Orgánica de Municipalidades) señala lo que es un Patrimonio en su:

ARTÍCULO 56°.- BIENES DE PROPIEDAD MUNICIPAL:
 Son bienes de las municipalidades:

1. Los bienes inmuebles y muebles de uso público destinados a servicios públicos locales.
2. Los edificios municipales y sus instalaciones y, en general, todos los bienes adquiridos, construidos y/o sostenidos por la municipalidad.

Si nos ceñimos a la letra, quien construyó este símbolo fue la municipalidad provincial, no fue la distrital. Ahora, veamos algo más:

ARTÍCULO 79°.- ORGANIZACIÓN DEL ESPACIO FÍSICO Y USO DEL SUELO
Las municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen las siguientes funciones:

1.     Funciones específicas exclusivas de las municipalidades provinciales:

1.1. Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel Provincial, que identifique las  área sub urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental.
1.2. Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial.
1.3. Pronunciarse respecto de las acciones de demarcación territorial en la provincia.

Si leemos, nos daremos  cuenta que esta obra (Boulevard “El óvalo”) no está dentro de ningún plan de desarrollo concertado y no tiene la aprobación de la Municipalidad Provincial de Huaura; además está dentro de una vía troncal la cual está bajo tutela y control de la gestión provincial como lo señala el artículo:

ARTÍCULO 81°.- TRÁNSITO, VIALIDAD Y TRANSPORTE PÚBLICO

Las municipalidades, en materia de tránsito, vialidad y transporte público, ejercen las siguientesFunciones:
1. Funciones específicas exclusivas de las municipalidades provinciales:
1.1. Normar, regular y planificar el transporte terrestre, fluvial y lacustre a nivel provincial.
1.2. Normar y regular el servicio público de transporte terrestre urbano e interurbano de  su
       Jurisdicción, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia.
1.3.  Normar, regular, organizar y mantener los sistemas de señalización y semáforos y regular
el Tránsito urbano de peatones y vehículos.
1.4.  Normar y regular el transporte público y otorgar las correspondientes licencias o concesiones de
rutas para el transporte de pasajeros; así como regular el transporte de carga e identificar las vías y rutas establecidas para tal objeto.

Como vemos el Óvalo de Huacho es por lo tanto una vía de acceso a la ciudad muy importante, por lo tanto su uso depende de la Municipalidad Provincial no de la distrital de Santa María. Un boulevard en esta zona no sólo es anti-técnico sino representa un gasto en vano, sino comparen ustedes y saquen su propia conclusión: ¿cuál de éstas imágenes responde a un uso correcto del suelo y los recursos? Gracias…



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